miércoles, 29 de junio de 2011

Leyes de Núremberg


El 15 de septiembre de 1935, en el congreso del partido nacional socialista se aprobaron la ley para la protección de la sangre y la ley de la ciudadanía del Reich.

La "Ley para la Protección de la Sangre Alemana y del Honor Alemán", conocida como la ley para la protección de la sangre, prohibía el matrimonio entre no-judíos y judíos así como las relaciones sexuales extramatrimoniales entre ellos. Esa disposición también se aplicaba a los matrimonios entre alemanes y gitanos o negros. Las infracciones se castigaban con prisión o penitenciaría.
Las palabras "Pureza de la Sangre Alemana" y "de la Sangre Alemana o afín a ella" eran nociones de la doctrina de raza nacionalsocialista. Según esta ley se catalogaba a las personas en individuos de razas superiores e inferiores. La sangre se consideraba la portadora de las cualidades raciales. Eran considerados "afines" a los alemanes esencialmente los pueblos europeos sin "mezcla de sangre de otras razas".
La Ley para la protección de la sangre incluía dos prohibiciones adicionales: Se prohibía a los ciudadanos judíos izar la bandera del Reich y la bandera nacional, además también les estaba prohibido contratar a empleados no-judíos en sus hogares.
Conforme a la Ley de la ciudadanía del Reich todos los ciudadanos alemanes de religión judía o aquéllos con dos abuelos de religión judía se convertían en personas con derechos limitados.
El primer decreto de ejecución de la ley de la ciudadanía del Reich del 14 de noviembre de 1935 determinaba quién debía considerarse judío:
-De acuerdo a la ideología nacionalsocialista se consideraba "judío al cien por cien" a aquél que al menos tenía tres abuelos judíos, teniendo en cuenta que según la ley un abuelo ya era considerado judío al 100% si pertenecía a la religión judía.
-Se consideraba mestizo judío a aquél que descendía de uno o dos abuelos judíos al cien por cien. La ley de la ciudadanía del Reich diferenciaba entre mestizo de 1er grado (judío al 50%) y mestizo de 2 grado (judío al 25%).
-Era considerada judío al 50% aquella persona de cuyos cuatro abuelos dos eran judíos. Según la ley de la ciudadanía del Reich, a los mestizos de 1er grado se les consideraba judíos, si con entrada en vigor de la ley ya pertenecían a la comunidad religiosa judía o se integraban posteriormente en ella.
Los judíos al 50% recibían el mismo trato que los judíos, si con entrada en vigor de la ley de la ciudadanía del Reich estaban casados con un judío o se casaban posteriormente con un judío. A los mestizos de 1º grado también se les consideraba judíos, cuando descendían de un matrimonio prohibido según la ley para la protección de la sangre y no obstante contraído o cuando descendían de una relación extramatrimonial con un judío.
-Se consideraba judío al 25% a aquél que tenía un abuelo judío.

Además en la ley se determinaba que ningún judío podía ser ciudadano del Reich. A los ciudadanos judíos les estaba prohibido ejercer un cargo público y los funcionarios judíos tenían que abandonar su cargo a más tardar el 31 de diciembre de 1935. Ya no tenían derecho a voto en asuntos políticos.
Respecto a la ley de la ciudadanía del Reich se aprobaron 13 decretos de ejecución y numerosos decretos y disposiciones oficiales en el marco de la misma ley. Las condiciones de trabajo y de vida de los ciudadanos judíos fueron limitadas hasta los más mínimos detalles afectando incluso a la vida privada.
La redacción de las leyes fue atribuida a Hans Josef Maria Globke, un jurista nacido en Düsseldorf que perteneció al partido nazi, a quien también adjudicaron las leyes que en 1933 dieron poderes extraordinarios al futuro Fürer.
A través los juicios de Núremberg, llevados a cabo en la ciudad homónima, fueron sentenciadas miles de personas. Constituyó el proceso que derivó en el Holocausto.

Las leyes de Núremberg afectaron a miles de personas judías



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